Colombia reglamenta el cambio del componente «sexo» en documentos de identidad: qué cambia con el nuevo decreto
La nueva reglamentación establece el procedimiento para actualizar el componente «sexo» en los documentos de identidad, incorpora las categorías No Binario (NB) y Transgénero (T), elimina la exigencia de certificados médicos y dispone que la primera actualización será gratuita.

El nuevo decreto define el procedimiento para actualizar el componente sexo en los documentos de identidad.
Los ciudadanos que deseen actualizar el componente «sexo» en sus documentos de identidad ya cuentan con un procedimiento reglamentado. El Gobierno Nacional expidió el decreto que define cómo podrá realizarse este trámite, incorpora nuevas categorías de identificación y fija las condiciones que deberán aplicar las autoridades encargadas de expedir los documentos.
¿Qué cambia con la nueva reglamentación?
El decreto establece por primera vez un procedimiento unificado para modificar el componente «sexo» en los documentos oficiales de identidad.
Entre los principales cambios se encuentra la incorporación de las categorías No Binario (NB) y Transgénero (T), además de las ya existentes, con el propósito de garantizar el reconocimiento de la identidad de género de quienes soliciten la actualización.
La medida también elimina la obligación de presentar certificados médicos, psicológicos o psiquiátricos como requisito para realizar el trámite.
Primera actualización será gratuita
Uno de los aspectos más relevantes de la nueva reglamentación es que la primera actualización del componente «sexo» no tendrá costo para el solicitante. (le puede interesar. Dónde sacar la cédula en Fontibón: requisitos, costos 2026 y ubicación de la Registraduría).
Con esta medida, el Gobierno busca facilitar el acceso al procedimiento y eliminar barreras económicas para quienes requieran modificar esta información en sus documentos de identidad.
¿Quiénes podrán solicitar la actualización?
El procedimiento estará dirigido a las personas que, conforme a la reglamentación vigente, deseen modificar el componente «sexo» registrado en sus documentos oficiales de identidad.
El trámite deberá adelantarse bajo las condiciones establecidas en el decreto y ante las autoridades competentes para la expedición de estos documentos.
¿Qué documentos podrán actualizarse?
La reglamentación contempla la actualización del componente «sexo» en los documentos de identidad expedidos por el Estado colombiano, siguiendo el procedimiento definido por las entidades responsables.
El objetivo es garantizar que la información registrada corresponda a la identidad de la persona y que exista un procedimiento uniforme en todo el país.
La medida cumple una orden de la Corte Constitucional
El Gobierno explicó que la expedición del decreto responde al cumplimiento de decisiones de la Corte Constitucional relacionadas con el derecho al libre desarrollo de la personalidad, la identidad de género y la igualdad. (Le puede interesar. Reclamos, garantías y cobros injustificados: así pueden defenderse los consumidores en Fontibón).
Con esta reglamentación también se busca brindar seguridad jurídica tanto a los ciudadanos como a las entidades encargadas de realizar el trámite.
Lo que debe saber
- La primera actualización del componente «sexo» será gratuita.
- Ya no se exigirán certificados médicos, psicológicos o psiquiátricos.
- Se incorporan oficialmente las categorías No Binario (NB) y Transgénero (T).
- El trámite deberá realizarse conforme al procedimiento establecido en el nuevo decreto.
- La medida tendrá aplicación en todo el territorio nacional.
Fuente: Prensa MinJusticia
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