Nuevo requisito para sacar la licencia de conducción en Colombia: examen teórico será obligatorio desde septiembre
El Ministerio de Transporte confirmó que, a partir del 14 de septiembre de 2026, quienes tramiten por primera vez una licencia de conducción o soliciten una recategorización deberán presentar un examen teórico. La medida no aplica para la renovación del documento.

El Ministerio de Transporte exigirá un examen teórico para quienes tramiten por primera vez la licencia de conducción o soliciten una recategorización a partir del 14 de septiembre de 2026.
Los colombianos que estén pensando en obtener por primera vez su licencia de conducción o cambiar la categoría del documento deberán prepararse para un nuevo requisito. El Ministerio de Transporte confirmó que desde el próximo 14 de septiembre de 2026 será obligatorio presentar y aprobar un examen teórico como parte del proceso para obtener la licencia.
La medida fue oficializada mediante una circular dirigida a los organismos de tránsito del país y hace parte de la implementación del Sistema de Control y Vigilancia para la expedición de licencias de conducción.
¿Quiénes deberán presentar el examen?
De acuerdo con el Ministerio de Transporte, el examen será exigido únicamente a quienes:
- Soliciten por primera vez una licencia de conducción
- Tramiten una recategorización de la licencia.
La disposición no aplica para quienes únicamente deban renovar su licencia vigente.
Así será la prueba
La evaluación será aplicada en los Centros de Apoyo Logístico de Evaluación (CALE), cuya operación estará a cargo de la Universidad Nacional Abierta y a Distancia (UNAD), institución designada por el Ministerio de Transporte para administrar el sistema de evaluación en esta primera etapa. Inicialmente fueron habilitados 32 centros en diferentes regiones del país, entre ellos tres sedes en Bogotá y una en Facatativá (Cundinamarca).
El examen estará compuesto por 40 preguntas, distribuidas así:
12 preguntas sobre actitudes frente a la conducción.
28 preguntas relacionadas con conocimientos teóricos sobre normas de tránsito y seguridad vial.
La evaluación será aplicada por los Centros de Apoyo Logístico de Evaluación (CALE) autorizados por el Ministerio. (Le puede interesar. Trámites de tránsito en Bogotá: cómo hacerlos fácil y rápido en 2026).
¿Qué pasa si pierde el examen?
La circular establece que los aspirantes tendrán derecho a una segunda oportunidad sin costo, siempre que presenten nuevamente la prueba dentro de los diez días siguientes en el mismo centro de evaluación.
Bogotá y Cundinamarca ya cuentan con sedes autorizadas
El Ministerio autorizó inicialmente 32 CALE en diferentes regiones del país.
Para Bogotá fueron habilitadas tres sedes:
Calle 53 No. 13-64.
Calle 14 Sur No. 14-23.
Calle 67 No. 11-20.
En Cundinamarca fue autorizada una sede en:
Facatativá, carrera 5 No. 12A-90.
Una medida para fortalecer la seguridad vial
Con esta decisión, el Ministerio busca garantizar que los nuevos conductores demuestren conocimientos mínimos sobre normas de tránsito, comportamiento seguro en las vías y responsabilidad al conducir antes de obtener la licencia.
La exigencia comenzará a regir oficialmente el lunes 14 de septiembre de 2026, fecha desde la cual todos los organismos de tránsito deberán verificar el cumplimiento del requisito para expedir licencias por primera vez o realizar recategorizaciones.
Centros de Apoyo Logístico de Evaluación (CALE) habilitados
| No. | CALE | Dirección | Municipio | Departamento |
|---|---|---|---|---|
| 1 | CALE UNAD Bogotá (Sede Centro José Acevedo y Gómez) | Transversal 31 # 12-38 | Bogotá D.C. | Bogotá D.C. |
| 2 | CALE UNAD Magdalena | Avenida del Libertador # 30-320 | Santa Marta | Magdalena |
| 3 | CALE UNAD Risaralda | Carrera 23 con Diagonal 25F | Dosquebradas | Risaralda |
| 4 | CALE UNAD Caquetá | Carrera 1 # 31-30 | Florencia | Caquetá |
| 5 | CALE UNAD La Guajira | Calle 15 # 8-63 | Riohacha | La Guajira |
| 6 | CALE UNAD Meta | Km 1, vía Villavicencio – Acacías | Acacías | Meta |
| 7 | CALE UNAD Cundinamarca | Transversal 11 # 5-35 | Facatativá | Cundinamarca |
| 8 | CALE UNAD Cauca | Carrera 5 # 46N-67 | Popayán | Cauca |
| 9 | CALE UNAD Chocó | Carrera 2 # 24-05 | Quibdó | Chocó |
| 10 | CALE UNAD Sucre | Carretera Troncal vía a Corozal | Corozal | Sucre |
| 11 | CALE UNAD Valle del Cauca | Avenida Roosevelt # 36-60 | Cali | Valle del Cauca |
| 12 | CALE UNAD Norte de Santander | Calle 24 # 2-172, Urbanización García Herreros | Cúcuta | Norte de Santander |
| 13 | CALE UNAD Bolívar | Transversal 45 # 44A-221 | Cartagena | Bolívar |
| 14 | CALE UNAD Atlántico | Calle 58 # 54-125 | Barranquilla | Atlántico |
| 15 | CALE UNAD Amazonas | Calle 12 # 9-29 | Leticia | Amazonas |
| 16 | CALE UNAD Antioquia | Calle 54 # 45-10 | Medellín | Antioquia |
| 17 | CALE UNAD Bogotá (Sede Sur José Celestino Mutis) | Calle 14 Sur # 14-31 | Bogotá D.C. | Bogotá D.C. |
| 18 | CALE UNAD Guaviare | Calle 19 # 19E-40, barrio La Granja | San José del Guaviare | Guaviare |
| 19 | CALE UNAD Cesar | Calle 39 # 4B-02 | Valledupar | Cesar |
| 20 | CALE UNAD Boyacá | Calle 18 con Carrera 1, barrio Manzanares | Tunja | Boyacá |
| 21 | CALE UNAD Huila | Carrera 15 # 8-06 | Neiva | Huila |
| 22 | CALE UNAD Bogotá (Sede Norte North Point) | Avenida Carrera 7 No. 156-78/80 | Bogotá D.C. | Bogotá D.C. |
| 23 | CALE UNAD Tolima | Calle 34 # 9A-26 | Ibagué | Tolima |
| 24 | CALE UNAD Córdoba | Calle 19 No. 16A-10 | Sahagún | Córdoba |
| 25 | CALE UNAD Santander | Calle 16 # 10A-21 | Bucaramanga | Santander |
| 26 | CALE UNAD Nariño | Calle 14A # 28-45 | Pasto | Nariño |
| 27 | CALE UNAD Putumayo | Calle 11 con Carrera 25, barrio San Nicolás | Puerto Asís | Putumayo |
| 28 | CALE UNAD Arauca | Calle 20 # 17-41 | Arauca | Arauca |
| 29 | CALE UNAD Quindío | Centenario Mall, Carrera 6 # 7-05, Local 10 | Armenia | Quindío |
| 30 | CALE UNAD Casanare | Carrera 23 # 11-23 | Yopal | Casanare |
| 31 | CALE UNAD San Andrés | Johnny Well, Avenida Duarte Blum 0003 | San Andrés | Archipiélago de San Andrés, Providencia y Santa Catalina |
| 32 | CALE UNAD Caldas | Calle 32 # 1-40, barrio La Concordia | La Dorada | Caldas |
Fuente: Ministerio de Transporte – Circular Externa No. 20261010000277 del 4 de agosto de 2026.
Consulte la resolución aquí: Circular 20261010000277 del 04-08-2026 Exigibilidad examen teórico como requisito para la obtención de la Licencia Conducción en Colombia
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