8 de julio de 2026

¿Por dónde podrán circular las bicicletas eléctricas? Gobierno prepara nuevas reglas para estos vehículos

El Ministerio de Transporte publicó para comentarios un proyecto de resolución que busca reglamentar por primera vez la circulación de bicicletas eléctricas, patinetas, scooters y otros vehículos de micromovilidad. La iniciativa fija límites de velocidad, zonas de circulación y nuevos requisitos de seguridad para prevenir accidentes.

Bicicleta eléctrica circula por una ciclorruta de Bogotá mientras el Gobierno prepara nuevas reglas para estos vehículos.

El Ministerio de Transporte prepara una reglamentación para ordenar la circulación de bicicletas eléctricas, scooters y patinetas.

Caminar por un andén de Bogotá ya no siempre significa estar fuera de peligro. Cada vez es más frecuente que una bicicleta eléctrica, una patineta o un scooter aparezcan a gran velocidad entre los peatones, obligándolos a hacerse a un lado para evitar un choque. Mientras estos vehículos ganan espacio en las calles y ciclorrutas, el Ministerio de Transporte prepara la primera reglamentación nacional que definirá por dónde podrán circular, a qué velocidad y cuáles serán las obligaciones de sus conductores.

La propuesta, que fue publicada para comentarios de la ciudadanía, busca establecer reglas claras para los llamados Vehículos de Movilidad Personal (VMP), entre ellos patinetas eléctricas, scooters, monociclos y bicicletas eléctricas, con el propósito de mejorar la seguridad vial y reducir los riesgos para peatones, ciclistas y conductores.

¿Por dónde podrán circular?

Uno de los aspectos más importantes del proyecto es que define los lugares donde estos vehículos podrán movilizarse y dónde estará prohibido hacerlo. De acuerdo con la iniciativa del Ministerio de Transporte, no podrán circular por andenes ni zonas exclusivamente peatonales, tampoco por túneles, viaductos ni vías cuya velocidad máxima sea de 80 kilómetros por hora. En las ciclorrutas y ciclovía la velocidad máxima será de 25 kilómetros por hora. (Le puede interesar. SENA forma a 195 operadores para el Metro de Bogotá y futuros sistemas ferroviarios

Además, los municipios y distritos podrán establecer límites inferiores cuando las condiciones de seguridad vial así lo requieran. “Si una alcaldía local considera que debe ser menor la velocidad o el limite de velocidad, lo puede establecer”. Los alcaldes locales tienen la posibilidad de establecer el limite de velocidad de estos vehículos y lo tienen que justificar, agregó la jefe de la cartera.

Casco, luces y frenos serán obligatorios

La propuesta también establece nuevas condiciones mínimas de seguridad para estos vehículos. (Le puede interesar. Trámites de tránsito en Bogotá: cómo hacerlos fácil y rápido en 2026). 

Entre los requisitos se encuentran:

Sistema de frenos delantero y trasero, luces delanteras y traseras, elementos reflectivos,  señal acústica,  limitador de velocidad,  casco certificado para el conductor,  chaleco reflectivo durante la noche o en condiciones de baja visibilidad.

La ministra de Transporte, María Fernanda Rojas, explicó que el objetivo es ordenar una modalidad de transporte que ha crecido rápidamente en las ciudades, pero que hasta ahora carecía de una reglamentación específica. «Colombia necesitaba reglas claras frente a una realidad que ya está en las calles», afirmó la funcionaria.

Tendrán un sistema de identificación

Aunque estos vehículos no llevarán placa como una motocicleta o un automóvil, sí deberán contar con un sistema de identificación. El proyecto plantea que el fabricante o proveedor suministre una lámina visible con información técnica como potencia, peso y demás características del vehículo, además de un código único que permitirá su identificación dentro del Registro Único Nacional de Tránsito (RUNT).  (Le puede interesar. Entre avances y trancones: así está la Autopista Norte en Bogotá y la Sabana).

También habrá multas e inmovilización

La iniciativa contempla sanciones para quienes incumplan las normas de circulación. Entre ellas se incluyen multas que pueden llegar hasta seis salarios mínimos diarios legales vigentes, además de la inmovilización del vehículo cuando corresponda.

Una realidad que ya se vive en las calles

En localidades como Fontibón es cada vez más común encontrar bicicletas eléctricas y scooters circulando por los andenes para esquivar los trancones o ahorrar tiempo. En algunos casos los conductores pasan a pocos centímetros de los peatones y lo hacen sin casco o sin elementos reflectivos y sin aviso para el peaton desprevenido. Aunque no existen cifras sobre estos comportamientos, la escena se repite con frecuencia en corredores comerciales de la carrera 100, calle 18 y carrera 103A o ciclorruta, además de las tradicionales  zonas residenciales de la localidad.

El crecimiento de las bicicletas y patinetas eléctricas ha cambiado la movilidad en ciudades como Bogotá. Es frecuente observar estos vehículos transitando por andenes, ciclorrutas y vías públicas. En algunos casos sus conductores no utilizan casco, circulan sin luces durante la noche o incluso transportan más de una persona, situaciones que aumentan el riesgo de accidentes.

Precisamente esa realidad llevó al Ministerio de Transporte a iniciar la construcción de una reglamentación específica que permita mejorar la convivencia entre peatones, ciclistas, conductores y usuarios de los nuevos vehículos de micromovilidad.

El proyecto está abierto a comentarios

El Ministerio de Transporte informó que el proyecto de resolución permanecerá publicado para recibir observaciones de ciudadanos, autoridades locales, usuarios y actores del sector antes de expedir la reglamentación definitiva.


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